lunes, 3 de noviembre de 2014

SERVIR y el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos

Para comprender cabalmente el carácter del sistema de Gestión de Recursos Humanos como sistema administrativo, deben leerse conjuntamente la LOPE, el Decreto Legislativo N° 1023 y la Ley de Servicio Civil. Estos constituyen el bloque normativo fundamental del sistema administrativo citado.

El sistema administrativo de gestión de recursos humanos, establecido en la LOPE fue desarrollado inicialmente por la Ley Marco de Empleo Público, luego por el Decreto Legislativo N° 1023 y finalmente por la Ley del Servicio Civil. Estas últimas, son normas de configuración y desarrollo del sistema administrativo (cosa que ocurre con todos los demás sistemas).


El Decreto Legislativo N° 1023 establece que el sistema administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil; y, comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos (Artículo 2). 

Este sistema es aplicable a todas las entidades de la administración pública 

De acuerdo al Decreto Legislativo N° 1023, el sistema administrativo de Gestión de Recursos Humanos comprende: 

a) La planificación de políticas de recursos humanos. 
b) La organización del trabajo y su distribución. 
c) La gestión del empleo. 
d) La gestión del rendimiento. 
e) La gestión de la compensación. 
f)  La gestión del desarrollo y la capacitación. 
g) La gestión de las relaciones humanas. 
h) La resolución de controversias.

Además, se establece que SERVIR es la entidad rectora de dicho sistema administrativo. En dicha condición dicta reglas para hacer efectivo el funcionamiento del citado sistema administrativo.

El Decreto Legislativo citado también estableció una serie de funciones para SERVIR (Artículo 10). Para el ejercicio de dichas funciones, el Decreto Legislativo dotó a SERVIR de atribuciones normativa, supervisora, sancionadora, interventora y de solución de controversias (Artículos del 11 al 15).

La Ley del Servicio Civil ratifica lo ya señalado por el Decreto Legislativo N° 1023, esto es, que el sistema administrativo de gestión de recursos humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades públicas en la gestión de los recursos humanos (Artículo 4).

Dicha Ley también ratifica que SERVIR formula la política nacional del Servicio Civil, ejerce la rectoría del sistema y resuelve las controversias; todo ello, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo 1023 y sus normas modificatorias. 

Esto significa que el Decreto Legislativo 1023 mantiene su vigencia por no haber sido derogado expresamente por la Ley del Servicio Civil. Además, hay que tener en cuenta que esta última Ley hace remisión expresa del Decreto Legislativo.

1 comentario:

  1. Quisiera saber si hay alguna fecha para las sobre el Modelo del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en el Nuevo Servicio Civil?

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